El 23 de Agosto de 2022 el Gobierno español aprobó el Real Decreto 695/2022 que obliga a instalar un sistema de videovigilancia en todos los mataderos de España (incluidos los móviles) con el fin de establecer controles adicionales a los que ya se están realizando en dichos lugares, y asegurar así que se minimiza el sufrimiento de los animales en cada proceso.
Esta norma obliga, como mínimo, a colocar cámaras en zonas en las que se encuentren animales vivos, es decir, en las zonas de descarga, pasillos de conducción, y zonas donde se proceda al aturdimiento y sangrado. Además, en el caso de aves y porcinos, dicha instalación también debe captar el escaldado, con el fin de comprobar que los animales que son sometidos a este proceso no presentan signos de vida. Las cámaras no serán obligatorias en las zonas de espera donde se encuentren los vehículos con animales vivos previo a la descarga, aunque si se deberá llevar un control del tiempo que permanecen dichos animales dentro de los mismos.
Una vez instaladas, y conforme establece la Ley de Protección de Datos, las imágenes deberán ser almacenadas por un periodo de un mes en caso de que no se haya detectado ninguna infracción. Además las empresas deberán contar con un delegado de protección de datos, el cual será la persona responsable de las grabaciones. Como en toda instalación de videovigilancia en un entorno de trabajo, también deberán advertir con carteles homologados de la presencia de dichas cámaras en todos los accesos al recinto. Es importante tener en cuenta que estos cambios son medidas adicionales de control, es decir, que no van a sustituir a los controles y vigilancia actuales, sino que van a ser complementarias, a fin de tener más herramientas para garantizar que el sufrimiento de los animales es el mínimo posible.
Esta medida es pionera en Europa, siendo el primer país de la Unión Europea y cuarto del mundo (solo por detrás de Inglaterra, Israel y Escocia) en aplicarla. La opinión al respecto genera unanimidad en todo el sector, desde las empresas cárnicas hasta las distintas organizaciones de consumidores, pasando por múltiples plataformas animalistas o incluso la Organización Colegial Veterinaria, que remarca que será «una herramienta muy útil». Además también le da un valor añadido a la industria, incluso algunas empresas productoras de carne ya incluyen como condición para obtener su sello de calidad que las instalaciones cuenten con un sistema de cámaras de videovigilancia y grabación.
Existe un tiempo de adaptación de las empresas a este Real Decreto, que en el caso de los mataderos más grandes es de 1 año, mientras que en los pequeños es de 2, permitiendo así que la adaptación sea lo más sencilla posible y el impacto económico no sea muy severo. Además de cumplir con una función de control sobre el estado de los animales y la buena praxis por parte de la empresa y sus operarios, esta norma también ayuda a responder a una creciente demanda de más información sobre los alimentos por parte de los consumidores, contribuyendo así a un consumo más responsable.
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