Los sistemas de alarma y cámaras de videovigilancia en propiedad ya no son exclusivos de negocios y locales comerciales. Gracias a los avances tecnológicos que nos facilitan cada día más el poder integrar de manera sencilla y eficaz nuestras cámaras y elementos de alarma con nuestros teléfonos móviles, cada vez son más las personas que apuestan por estos sistemas sin cuotas para proteger no solo negocios, sino también viviendas. Todos nuestros kits incluyen cartelería disuasoria, pero puede que te surjan dudas como en qué casos es recomendable ponerlas o si realmente son efectivas.
A estos carteles se le llaman disuasorios precisamente por el efecto que tienen sobre los posibles intrusos. Puedes encontrar una gran variedad de carteles disuasorios distintos: de aviso de instalación de alarma, de cámaras de videovigilancia conectadas las 24 horas, en tamaño A4 o mini carteles, etc. Sean cuales sean, no debemos confundirlos con los carteles homologados de videovigilancia. Estos últimos tienen un formato específico y son obligatorios en comercios y locales públicos. Deben contener información de la empresa y del responsable del tratamiento de las imágenes guardadas, y deben estar ubicados en los accesos y ser de fácilmente visibles. Pero centrémonos en los carteles disuasorios.
Lo que principalmente se busca cuando se colocan estos carteles es, como decíamos, disuadir a un intruso o ladrón de entrar en la propiedad. Para ello, estos carteles se sirven de colores llamativos con letras grandes y tipografía fácil de leer, muchas veces acompañadas de imágenes que ayudan a comprender el mensaje al instante incluso aunque nos encontremos a varios metros de distancia. Normalmente, estos carteles se suelen ubicar en fachadas exteriores de viviendas unifamiliares, en puertas y ventanas visibles desde el exterior, o incluso en las puertas de entrada en el caso de los pisos. El objetivo es que si el ladrón ve la cartelería, decida buscar otro objetivo que le resulte más sencillo o con menos riesgo de ser descubierto.
Ahora bien, ¿podemos colocar carteles disuasorios aunque no tengamos instalado ningún sistema de cámaras o alarma en realidad? Tanto si se trata de una propiedad privada como de un comercio, podemos optar por carteles disuasorios que no lleve ningún logotipo de ninguna empresa o central receptora de alarma (CRA), como cualquiera de los que vendemos en nuestra tienda online. De esta forma las personas que lo vean desde fuera no sabrán si existe dicha instalación o no. Ahora bien, lo que no debemos hacer es colocar un cartel o placa de alguna empresa de seguridad específica si no tenemos un contrato vigente con ellos.
Más allá de esto, los carteles que nosotros ofrecemos no tienen marca ni logotipo de ningún tipo. La idea es no facilitar ni dar pistas a los posibles intrusos del sistema que tenemos instalado para no vulnerar los puntos débiles de dicho equipo de seguridad. Simplemente indicar que existe un sistema de videovigilancia o alarma funcionando en el lugar.
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